Tras casi una década de tramitación legislativa, el Congreso despachó la ley que reforma el sistema notarial y registral, marcando el fin de una de las figuras más arraigadas y controvertidas del sistema chileno: los cargos vitalicios. A partir de ahora, 96 notarios, conservadores y archiveros que superan los 75 años deberán cesar sus funciones en el plazo de un año. Se trata de un cambio estructural que busca introducir mérito, transparencia y competencia en un sector percibido por muchos como un bastión de privilegios.
Sin embargo, lo que parecía ser el capítulo final de una larga saga política es, en realidad, el prólogo de una nueva disputa. Apenas aprobada, la normativa fue impugnada ante el Tribunal Constitucional (TC) por un grupo de notarios afectados, quienes, representados por el abogado constitucionalista Patricio Zapata, argumentan que la ley incurre en una discriminación arbitraria por edad. La discusión, por tanto, ha mutado: ya no se debate sobre la conveniencia de la reforma en el Congreso, sino sobre su legitimidad constitucional.
El camino para llegar hasta aquí fue sinuoso. El proyecto, ingresado en 2018, proponía una modernización ambiciosa. En su paso por la Cámara de Diputadas y Diputados, incluía la creación de "fedatarios", funcionarios que podrían realizar trámites simples, introduciendo una competencia directa que prometía bajar costos y agilizar procesos para el ciudadano común. Además, impulsaba con fuerza la digitalización y el uso de la firma electrónica avanzada para escrituras públicas.
No obstante, el proyecto que emergió del Senado fue diferente. La figura de los fedatarios fue rechazada, y la posibilidad de realizar escrituras públicas de forma completamente electrónica quedó limitada, manteniendo la presencialidad como un pilar del sistema. Esta versión, calificada por analistas como el economista Claudio Agostini en una columna para CIPER como un ejemplo de "gatopardismo" —la estrategia de "cambiar algo para que todo siga igual"—, fue aprobada en medio de acusaciones de un intenso lobby notarial y dilaciones que, según algunos parlamentarios, proyectaban una "pésima imagen" para el Senado, como reportó Radio Cooperativa.
La versión final de la ley, aunque menos disruptiva de lo que se esperaba inicialmente, consolida cambios significativos:
La aprobación de la ley no generó un consenso, sino que expuso las profundas tensiones que subyacen al sistema. Las perspectivas sobre su alcance y legitimidad son diametralmente opuestas.
1. La visión reformista: Para el Ejecutivo y los impulsores de la ley, la reforma es un avance histórico en transparencia y modernización. Se celebra el fin de un privilegio anacrónico y la instauración de un sistema basado en la competencia y el mérito, lo que teóricamente debería beneficiar a los ciudadanos con mejores servicios y, eventualmente, menores costos a través de la fijación de tarifas máximas por decreto.
2. La crítica del "gatopardismo": Desde una vereda más escéptica, se argumenta que la ley es una victoria para el statu quo. Al eliminar a los competidores (fedatarios) y frenar una digitalización completa, se habrían mantenido intactas las "rentas oligopólicas" que benefician a la actual casta de notarios. Según esta visión, los cambios son cosméticos y no alteran la estructura de poder y negocio que ha caracterizado al sistema por décadas.
3. La preocupación gremial: La Asociación de Notarios y Conservadores, a través de su presidente Carlos Swett, expresó una postura ambivalente. Si bien valoran aspectos de la modernización, manifestaron una profunda "duda" respecto al nuevo sistema de nombramientos. Al quedar en manos de la ADP y, en última instancia, del gobierno de turno, temen que se politice la designación de cargos, eliminando el "contrapeso" que, a su juicio, ofrecía el Poder Judicial. "Todo en manos de los gobiernos de turno genera dudas", sentenció Swett en Diario Financiero.
4. El desafío constitucional del "edadismo": La impugnación ante el TC introduce una dimensión completamente nueva. El abogado Patricio Zapata no defiende el privilegio, sino que acusa una vulneración de derechos fundamentales. Su argumento central es que usar la edad como único criterio para remover a alguien de su cargo constituye una discriminación arbitraria, un "edadismo" que usa la edad como "sinónimo de incompetencia". Zapata distingue este caso del de los jueces, cuyo límite de edad está consagrado en la propia Constitución, a diferencia de los notarios. Este recurso pone en jaque uno de los pilares de la reforma y obliga a una reflexión sobre los derechos adquiridos frente a las necesidades de modernización del Estado.
La promulgación de la ley que pone fin a los notarios vitalicios cierra un capítulo, pero no el libro. La disputa se ha trasladado del Congreso, un terreno de negociación política, al Tribunal Constitucional, un espacio de deliberación jurídica sobre principios fundamentales. Lo que está en juego ya no es solo la modernización de un servicio, sino la colisión entre la potestad del legislador para reformar instituciones, la protección contra la discriminación y la redefinición del poder en un sistema que por más de un siglo se ha resistido al cambio. El fallo del TC será, en definitiva, la próxima página de esta historia.