Justicia reafirma reingreso a prisión de agresor de Nabila Rifo: un fallo que reaviva debates sobre derechos y seguridad

Justicia reafirma reingreso a prisión de agresor de Nabila Rifo: un fallo que reaviva debates sobre derechos y seguridad
Actualidad
Justicia Tribunales
2025-11-12
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- Reversión judicial de la libertad condicional concedida a Mauricio Ortega tras nueve años de prisión.

- Fallos y notificaciones fallidas que pusieron en jaque el derecho de la víctima a ser escuchada.

- Reacciones encontradas entre organismos públicos, defensores de derechos y sectores políticos, evidenciando la tensión entre reinserción y seguridad.

Un fallo que reordena las piezas del drama judicial y social en torno a Mauricio Ortega, condenado por la brutal agresión que dejó ciega a Nabila Rifo en 2016, ha marcado un nuevo capítulo en la historia que no solo conmocionó a Chile, sino que también puso en jaque la confianza en el sistema de justicia y su capacidad para proteger a las víctimas de violencia machista.

El 11 de noviembre de 2025, la Corte Suprema confirmó la anulación de la audiencia que había concedido libertad condicional a Ortega, ordenando su reingreso inmediato a prisión y la realización de una nueva sesión con una comisión no inhabilitada. Este fallo ratifica la decisión previa de la Corte de Apelaciones de Coyhaique, que había declarado arbitraria la actuación de la Comisión de Libertad Condicional de Aysén, debido a que la víctima no fue debidamente notificada para ejercer su derecho a alegar.

El proceso judicial: una secuencia de errores y omisiones

Desde marzo de 2025, las notificaciones judiciales dirigidas a Nabila Rifo para informar sobre la solicitud de libertad condicional de Ortega fueron enviadas a un domicilio erróneo, donde funciona un Centro de Apoyo para la Integración Social, y no a la residencia de la víctima. Esta falla impidió que Rifo conociera oportunamente el proceso y presentara sus descargos, vulnerando así el derecho fundamental a ser oída, reconocido en el artículo 109 del Código Procesal Penal.

La ministra de la Mujer, Antonia Orellana, señaló en ese contexto: "Se debe oír a la víctima antes de tomar una decisión de este tipo y Nabila no fue oída". Desde el Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género (SernamEG), que presentó el recurso de amparo para revertir la libertad condicional, también se acusó negligencia en la gestión de las notificaciones, agravada por la remoción de la defensora asignada al caso y la falta de reasignación posterior.

Por su parte, expertos en derecho procesal como el profesor Cristián Riego sostienen que la notificación por cédula cumplió formalmente con la ley, mientras que la abogada penalista Joanna Heskia enfatiza que la notificación debe garantizar que la víctima efectivamente se entere para ejercer su derecho a ser oída, lo que no ocurrió en este caso.

Entre la reinserción y la seguridad: voces en pugna

Mauricio Ortega obtuvo la libertad condicional tras cumplir nueve años de prisión, tras un informe de Gendarmería que calificó su conducta como intachable y bajo compromiso delictual, a pesar de señalar un alto riesgo de violencia contra la pareja y rasgos psicopáticos.

Su defensor, Cristián Muñoz, afirmó que "ha cumplido fielmente su pena y que su libertad condicional no significa impunidad". Sin embargo, la controversia no tardó en escalar, con críticas desde el Gobierno y diversos sectores políticos que cuestionaron la medida por el riesgo para la seguridad de la víctima y la sociedad.

El ministro de Justicia, Jaime Gajardo, expresó que "situaciones como esta minan la confianza en el sistema de justicia", y enfatizó la necesidad de ser especialmente cuidadosos en la entrega de beneficios a condenados por crímenes graves.

Consecuencias y reflexiones finales

Este caso desnuda las tensiones entre los principios de reinserción social que sustentan el sistema penitenciario chileno y la imperiosa necesidad de proteger a las víctimas de violencia de género, especialmente cuando la agresión ha dejado secuelas irreparables.

La reiterada falla en las notificaciones judiciales, la demora en la reasignación de representación legal y la falta de comunicación efectiva a la víctima han sido determinantes para que la justicia revierta la libertad condicional de Ortega.

Este episodio también ha impulsado un debate más amplio sobre la calidad y celeridad del trabajo del Ministerio Público, la estructura y funcionamiento de las comisiones de libertad condicional y la necesidad de incorporar una perspectiva de género efectiva en todos los procesos judiciales que involucran violencia machista.

En definitiva, el fallo de la Corte Suprema no solo ordena el reingreso a prisión de Mauricio Ortega, sino que también obliga a repensar y fortalecer los mecanismos de protección y participación de las víctimas en la justicia, en un país donde la violencia de género sigue siendo una tragedia social latente.

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Fuentes: Cooperativa.cl, CIPER Chile, La Tercera, El País Chile, declaraciones oficiales del Ministerio de Justicia y del Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género.