
El 23 de abril de 2025, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) sancionó con multas que superan los $2.600 millones a Consorcio, LarraínVial y al empresario Juan Hurtado por su participación simultánea en los directorios de ambos grupos, en un fallo que ha sacudido los cimientos de la regulación de competencia en Chile.
En el centro del huracán está la figura del interlocking, entendida clásicamente como la participación simultánea de un mismo director en empresas competidoras directas. Sin embargo, el TDLC dio un paso más allá: extendió la prohibición al llamado interlocking indirecto, que implica la presencia de un director en empresas matrices o controladoras, aunque estas no compitan directamente.
Esta interpretación ha generado un choque frontal entre distintas perspectivas:
- Desde la visión del TDLC y la Fiscalía Nacional Económica (FNE), la infracción es per se, es decir, no requiere demostrar efectos concretos en la competencia para ser sancionada. Así, la sanción a personas naturales y jurídicas marca un precedente inédito.
- En contraste, expertos legales y representantes empresariales denuncian que esta interpretación no solo carece de base en la legislación vigente —pensada para personas naturales— sino que además podría crear una figura jurídica nueva y peligrosa, que distorsiona la predictibilidad y seguridad jurídica.
“El fallo abre la puerta a aplicar sanciones sin la debida prueba de daño, lo que puede generar un efecto paralizante en la toma de decisiones empresariales,” afirma un académico constitucional consultado.
- En el plano político, la controversia ha dividido a sectores. Algunos sectores progresistas valoran la medida como un avance para evitar prácticas que concentran poder económico y limitan la competencia. Otros, desde la centro derecha y el mundo empresarial, la ven como un exceso regulatorio que amenaza la inversión y la gobernabilidad corporativa.
- A nivel regional, el fallo ha generado preocupación en grupos empresariales de regiones fuera de Santiago, que temen que esta interpretación pueda aplicarse a estructuras empresariales locales, afectando la dinámica económica regional.
El voto de minoría en el TDLC advirtió que la condena se basó en una norma diseñada para otro propósito, sin demostrar efectos en el mercado, lo que podría ser corregido por la Corte Suprema. Actualmente, la Tercera Sala de la Corte Suprema debe resolver los recursos de reclamación presentados por los afectados, un proceso que será clave para definir el alcance final del fallo.
En términos prácticos, esta controversia no solo redefine los límites legales para los directorios y grupos empresariales, sino que también plantea una disonancia entre la letra de la ley, su interpretación judicial y las necesidades de un mercado competitivo y transparente.
“Es un momento decisivo para el derecho de la competencia en Chile: se debe equilibrar la prevención de prácticas anticompetitivas con la certeza jurídica que requieren las empresas,” concluye un experto en derecho económico.
En definitiva, el fallo del TDLC sobre interlocking ha encendido un debate que va más allá de multas y directorios: cuestiona el marco normativo, la función de los tribunales y el futuro de la competencia en uno de los mercados más importantes de la región. La resolución de esta disputa marcará un antes y un después en la relación entre regulación, poder económico y justicia en Chile.